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28/10/16
27/10/16
BECA 2ª OPORTUNIDAD. CONVOCATORIA 2016/17. JUNTA DE ANDALUCÍA
La Beca Andalucía Segunda Oportunidad está dirigida específicamente al sector de población afectado por el denominado abandono educativo temprano y pretende ser un instrumento útil para facilitar la reincorporación al sistema educativo andaluz de estas personas, compensando, por un lado, la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio y, por otro, favoreciendo su formación, contando, por ello, con mayores posibilidades de encontrar un empleo cuando finalice su proceso formativo y accediendo al mercado de trabajo con las mejores condiciones de empleabilidad.
El plazo para solicitarla termina el 19 de Noviembre.
Esta beca cuenta con una dotación económica de 4.000 € por curso escolar teniendo como finalidades prioritarias:
Pretende la reducción de la tasa de abandono prematuro escolar e incentivar la reincorporación al sistema educativo de la población con una franja de edad de 18 a 24 años.
Quiere compensar la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio para atender a las cargas familiares.
Quiere incentivar al alumnado de 18 a 24 años que abandonó el sistema educativo sin obtener titulación de educación obligatoria o postobligatoria a adquirir una titulación que le sirva para su incorporación al mundo laboral.
Requisitos de las personas beneficiarias:
1. Para ser persona beneficiaria de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad será preciso reunir los
siguientes requisitos:
a) Participar en la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para enseñanzas no
universitarias regulada en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el
régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
b) Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) Tener entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria, o
hasta 25 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria en el supuesto
de renovación de la beca objeto de la presente Orden.
d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o
superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
e) No haber estado matriculada en alguna de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, durante el curso escolar anterior a aquel para el que se realiza la
convocatoria, salvo en el supuesto de renovación de la beca objeto de la presente Orden.
f) Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria para
personas adultas, bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial o de artes plásticas y diseño.
g) Figurar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
h) No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.
i) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples» (IPREM) anual, excluida la parte proporcional de la pagas extraordinarias, correspondiente al año en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.
2. Los requisitos señalados en el apartado 1 deberán mantenerse durante todo el período que abarque
el curso académico para el que se concede la beca.
3. A efectos de esta Orden, se entenderá por demandante de empleo, la persona que figure inscrita en
el Servicio Andaluz de Empleo como desempleada demandante de empleo.
Para más información, ver el BOJA Nº 153, de 6/08/2012.
Fuente: Consejería de Educación. Junta de Andalucía
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26/10/16
BECA ADRIANO 2016. JUNTA DE ANDALUCÍA
Con fecha de 18 de octubre de 2016 se publica en BOJA la convocatoria de Beca Adriano para el curso 2016-2017 y su correspondiente extracto. En relación con esta convocatoria se informa lo siguiente:
1.- El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que se entiende que el plazo para presentar solicitudes comprende desde el 19 de octubre de 2016 al 18 de noviembre de 2016, ambos inclusive.
2.- La solicitud se ajustará al modelo que como Anexo acompaña a la citada convocatoria y deberá cumplimentarse mediante el siguiente formulario.
3.- Una vez cumplimentada la solicitud deberá imprimirse y firmarse y se presentará, preferentemente, en la Secretaría del centro docente donde, durante el curso 2016-2017, se encuentra matriculado el alumno o alumna solicitante de la beca y para el que solicite esta ayuda.
La beca Adriano está digida a los estudiantes que cursen:
- Enseñanzas de Bachillerato.
- Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas.
- Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas.
- Enseñanzas Artísticas Superiores.
Queda excluido del ámbito de aplicación de esta Orden el alumnado que curse enseñanzas en la
modalidad de educación de personas adultas.
Su finalidad es atender al alumnado que curse algunos de los estudios señalados anteriormente y que cumpla con los requisitos económicos para obtener Beca General, pero la media del curso anterior esté situada entre el 5 y el 5,50.
Para ver todos los requisitos que hay que cumplir y obtener más información de la convocatoria, ver las bases de la Beca Adriano en el BOJA Nº 24, de 5 de Febrero de 2014.
Fuente: Consejería de Educación. Junta de Andalucía.
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CICLO HALLOWEEN 2016. MARTÍN DE LA JARA
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Martín de la Jara
BOLSAS DE TRABAJO PARA MAESTROS EN ANDALUCÍA. PERFIL BILINGÜE.
La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, convoca la selección de personal para formar parte de las bolsas de trabajo del Cuerpo de Maestros con perfil bilingüe, que se relacionan a continuación:
PUESTOS DEL CUERPO DE MAESTROS (597) | |||
CÓDIGO | PUESTO | CÓDIGO | PUESTO |
12597031 | Educación Infantil-Alemán | 12597035 | Música-Alemán |
10597031 | Educación Infantil-Francés | 10597035 | Música-Francés |
12597034 | Educación Física-Alemán | 12597038 | Educación Primaria-Alemán |
10597034 | Educación Física-Francés | 10597038 | Educación Primaria-Francés |
Requisitos.
El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los requisitos generales y específicos de la especialidad convocada así como justificar los méritos alegados, que deberán estar en posesión de los documentos perfeccionados a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a su publicación ( se publicó en el BOJA de ayer, 25/10/2016).
Para ver todos los requisitos y el resto de la convocatoria, pulsa el enlace: BOJA Nº 205, de 25/10/16.
Fuente: Junta de Andalucía.
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