Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas:
Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias:
- Primer y segundo cursos de Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Enseñanzas deportivas.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Estudios religiosos superiores.
- Estudios militares superiores.
- Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
- Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
- Formación Profesional básica.
Enseñanzas universitarias:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
- Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
- Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a "Trámites y Servicios" o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es.
Dotación
Cuantías fijas. Serán las siguientes:
a) Beca de matrícula para estudiantes universitarios. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2017-2018.
b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: 1.500,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 1.500,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
d) Beca básica para estudiantes no universitarios: 200,00 euros.
Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60 euros.
Los plazos para presentar la solicitud se extenderán hasta:
A) El 17 de octubre de 2017, inclusive, para los estudiantes universitarios.
B) El 3 de octubre de 2017, inclusive, para los estudiantes no universitarios.
Fuente: INJUVE, MECD.
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